El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que modifica el 1049/2022 relativo a la aplicación de la condicionalidad reforzada y social de la Política Agraria Común (PAC) para simplificar y flexibilizar el acceso a las ayudas comunitarias, y dar respuesta a las preocupaciones manifestadas por agricultores y ganaderos, según informó el Gobierno.
Las modificaciones, que quedan muy lejos de las peticiones y de las necesidades reales que los agricultores manifestaron a lo largo de casi tres meses de movilizaciones, se reducen a cuatro medidas sobre las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra (BCAM) y la flexibilización de la aplicación de controles y penalizaciones en materia de condicionalidad. Buena parte de estas medidas podrán ser de aplicación ya en este mismo año, con efecto retroactivo desde el 1 de enero.
En relación con la BCAM 5 (Gestión de la labranza), se añaden nuevas excepciones para su cumplimiento en las parcelas de menor tamaño, así como para determinados cultivos leñosos ya implantados, que será de aplicación a partir de la solicitud única de la PAC de 2025.
En la BCAM 6 (Cobertura mínima del suelo), el proyecto de real decreto contempla que se pueda llevar a cabo la práctica del abonado en verde y que sobre los rastrojos de los cultivos herbáceos se puedan realizar labores poco profundas. Además, se permite hacer uso de las cubiertas inertes en el caso de las plantaciones de cultivos leñosos en parcelas con una pendiente superior al 10 %.
Se contempla, además, que por razones climáticas locales el periodo en el que es necesario mantener las cubiertas vegetales en los cultivos leñosos pueda ser ajustado por la comunidad autónoma correspondiente a cuatro meses consecutivos. Estas flexibilidades serán de aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2024.
Asimismo, se contempla como alternativa a las actuales obligaciones sobre la rotación de cultivos (BCAM 7) que los agricultores puedan realizar únicamente una diversificación anual de los mismos en su explotación. Esta alternativa es de aplicación para la solicitud única 2024. Por otro lado, se establece también una alternativa a los agricultores para cumplir con esta BCAM únicamente mediante rotación, que será de aplicación a partir de la solicitud única 2025.
La obligatoriedad de dejar un porcentaje de la superficie de la explotación no productiva a la que se refiere la primera obligación de la BCAM 8 se elimina, de forma que aquellos agricultores que así lo decidan, puedan cultivar estas superficies. Esta medida también será de aplicación en la campaña de 2024.
El real decreto aprobado recoge además que, en materia de condicionalidad reforzada, todos aquellos beneficiarios de ayudas cuya explotación sea igual o inferior a 10 hectáreas de superficie agraria declarada, quedan exentos de los controles, así como de las penalizaciones. Esta modificación será de aplicación ya también en la solicitud única 2024 y solo beneficia a poco más de la mitad de los agricultores perceptores de la PAC con explotaciones pequeñas, olvidando al resto.